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Una vez que se alcanza la edad aceptada para gestionar la jubilación, es decir 67 o 65 años según la duración del periodo de cotización, se pierde el derecho de recibir la prestación contributiva por desempleo del SEPE.
Sin embargo, hay excepciones en las que esta norma no se cumple, por lo tanto, es válido dilucidar si tengo que sellar el paro si estoy jubilado.
Una vez que me jubile ¿seguiré cobrando el paro?
Primero que nada, tenemos que aclarar que el derecho de recibir la prestación por desempleo culmina una vez que el beneficiario consigue su jubilación.
Si cumples la edad de jubilación, pero no reúnes los requisitos necesarios para comenzar a cobrar la pensión, puedes continuar cobrando el paro, pero debes ofrecer una certificación del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
También es importante que sepas que la prestación por desempleo, además se puede percibir con la pensión de jubilación parcial o un beneficio de jubilación proveniente de un sistema que no sea español. En este caso, el monto que se recibirá corresponde a un subsidio por desempleo, cuya compatibilidad está condicionada a que no se reciban rentas propias mensuales sin importar su origen, que sean mayores a 75 % del salario mínimo interprofesional, sin tomar en cuenta las pagas extraordinarias. También, es importante seguir acreditando, las responsabilidades familiares.
Para comunicar tu jubilación debes ponerte en contacto con los encargados del SEPE solicitante una cita previa en www.pidetucitaprevia.es o en la sede electrónica del Servicio con certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña Cl@ve.
Por otro lado, Si te han hecho un ERTE y no sabes que hacer, podemos aclararte algunas dudas importantes.
¿Existe una incompatibilidad de la prestación por desempleo con la pensión de jubilación?
En la Ley General de la Seguridad Social se expone una clara incompatibilidad del paro y la pensión de jubilación, solo se reconocen alguna excepción logrando cierta compatibilidad tomando en cuenta las condiciones de trabajo que dio lugar a la protección por desempleo.
De este modo, se reconoce una excepción con la pensión de jubilación parcial, que es compatible con el trabajo a tiempo parcial, esto antes de llegar a la situación de desempleo que llevo al cobro de la prestación.
Como es bien conocido, para gestionar cualquier trámite ante el SEPE, es necesario pedir una cita para ser atendido. Si quieres una cita previa para el SEPE en Vitoria, solo debes visitar nuestra home.
Es posible disfrutar de una jubilación parcial a partir de los 67 años de edad. Sin embargo, desde los 65 años o 63 años puedes comenzar a cobrase. Esto dependerá del periodo en el que se ha cotizado, 33 años cotizados permite acceder al beneficio a los 65 años y 36 años y 6 meses de cotizaciones da lugar a cobrar a los 63 años. Pero, debe reconocerse un contrato simultáneo de relevo, cuando haya 6 años de antigüedad en la empresa.
La jordana laboral, en este caso, es reducida entre 25% y 50%. Pero, podría ser hasta un 75% si se reconoce un contrato de relevo de tiempo completo e indefinido. Es posible acceder a Clave la jubilación en el porcentaje que disminuye la jornada de trabajo.
En el caso de que el trabajador jubilado parcial sea despedido, es posible acceder a la jubilación anticipada o solicitar la prestación por desempleo, cuando la culminación no sea por causa atribuible al trabajador.
En el caso de que hayas sido alcanzado por las medidas tomadas para solucionar la crisis originada por la pandemia del Covid-19, debes saber si estando en ERTE se puede pedir la baja.
Estoy cobrando un subsidio y me he. Aprobado una discapacidad 66% me pagarán ya la jubilación
Hola
quero hablar contigo de mi paro
Estoy.cobrando pnc.y complemento. Tengo.67 años y ficho labora hasta cuando tengo que fichar labora