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ya no sancionan por no sellar el paro

Ya no sancionan por no sellar el paro

Posted on febrero 13, 2021marzo 7, 2022 By Romina Gómez 3 comentarios en Ya no sancionan por no sellar el paro

Contenido de este artículo:

  • 1 ¿Qué pasa si olvido sellar el paro?
  • 2 ¿En qué consiste la sanción leve?
  • 3 ¿Cómo puedo justificarme?
  • 4 ¿Qué pasa si olvido cuatro veces sellar el paro?
  • 5 Vías alternativas para sellar
      • 5.0.1 ¿DNI permanente, qué es y cómo solicitarlo?
      • 5.0.2 Como puede un autónomo justificar el gasto en material de oficina
      • 5.0.3 Cómo saber si me han aprobado el paro

Si estas recibiendo la prestación del paro, no puedes dejar de sellar, ya que esto dará lugar a que recibas una sanción que puede llevarte a perder tu ayuda. Es importante que selles el cupón del paro el mismo día que se te ha asignado y en el caso de que llegues a olvidarlo, no puedes reincidir ya que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha establecido sanciones claras para cada caso. Si deseas conocer más detalles al respecto y enterarte cuando ya no sancionan por no sellar el paro, continúa leyendo.

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¿Qué pasa si olvido sellar el paro?

A cada beneficiario del paro se le asigna un día en el que le corresponde sellar. Si olvidas hacerlo, el Ministerio de Trabajo está en su capacidad de retirar la prestación, por al menos un mes.

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Esta sanción esta estipulada en la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social, la cual indica que al no comparecer ante el SEPE o no renovar la demanda de empleo de la forma establecida durante la fecha acordada, se constituye una infracción leve, que puede llevar la extinción de la ayuda. Pero, si son consideradas las causas justificadas.

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¿En qué consiste la sanción leve?

Si no sellas el paro en la fecha asignada, pero es la primera vez que sucede, se retirará la prestación por un mes entero. Es decir, que la afirmación: ya no sancionan por no sellar el paro, no es correcta.

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Esta sanción será notificada directamente en tu domicilio y se aplicará automáticamente. Por otra parte, es importante que conozcas hasta cuando se cobra el ERTE.

¿Cómo puedo justificarme?

Las causas que se consideran justificadas para dejar de sellar el paro, se relacionan con enfermedad o la asistencia a una entrevista de trabajo. Si no sellaste el paro por alguno de estos motivos, debes presentar un justificante formal en tu oficina del SEPE o en la dirección provincial correspondiente. Recuerda que para todo tipo de trámites debes pedir tu cita previa en la oficina de empleo.

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El justificante puede ser un documento expedido por tu facultativo, en donde se acredite que estuviste en su consulta. Y si la falta fue por asistir a una entrevista de trabajo, debes pedir a la empresa que te dé un papel donde se demuestre que ese día y a esa hora estuviste allí.

¿Qué pasa si olvido cuatro veces sellar el paro?

No pienses que ya no sancionan por no sellar el paro, si olvidas sellar varias veces el paro y ya te han sancionado por ello, se te retirará la prestación por tres meses. Y si vuelve a ocurrir, no contarás con tu ayuda por seis meses.

Si esto ocurre por cuarta vez, la sanción conlleva a la extinción de la prestación por reincidencia. Esto ocurre pocas veces, pero está estipulado en la Ley, aunque en algunas Comunidades Autónomas ocurre de forma distinta.

En algunos casos puedes solicitar un plazo más amplio para sellar el cupón del paro. Así, en algunas regiones se permite que los desempleados puedan sellar uno o dos días después de la fecha asignada. En este caso deberías informarte con anticipación, además entérate si puedes cobrar paro y trabajar días sueltos.

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Vías alternativas para sellar

Vías alternativas para sellar

Si sabes que no vas a poder acudir a la oficina del SEPE el día previsto, puedes sellar de forma online. Esta alternativa es bastante cómoda, ya que evitas desplazamientos y solo debes hacer los trámites desde el portal web del Servicio.

Si estas en la Comunidad de Madrid, también puedes sellar tu prestación por medio de una llamada telefónica, solo debes marcar el 012. Para estar al día con otros trámites, revisa el Blog sobre el SEPE.

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Comments (3) on “Ya no sancionan por no sellar el paro”

  1. Susana dice:
    noviembre 27, 2021 a las 10:17 pm

    Ma dado de baja en la prestación prórroga por desempleo por la demanda ya la dado de alta es el último mes que cobro me quita el mes?o me quitan días y lo otro me lo pagan??

    Responder
  2. Sami dice:
    diciembre 7, 2021 a las 5:15 pm

    Hola buenas no me han engresado el paro por no renovar la demanda de empleo que devo hacer gracias

    Responder
  3. Jose dice:
    abril 28, 2022 a las 8:49 pm

    Hola buenas tenía que haber sellado el paro el 25 de abril y lo seré media hora más tarde a las 12:30 de la noche sabría alguien decirme si este mes tengo derecho a cobrar el paro

    Responder

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